En la orden 168/2022 se determina que, en los centros docentes que ofrezcan las enseñanzas recogidas en el artículo 3 de la LO 2/2006 de 3 de mayo de educación, no será exigible el uso de mascarillas durante los periodos de recreo y en el desarrollo de otras actividades siempre que se realicen, en ambos casos, en espacios al aire libre.
 
Recomendamos a los alumnos/as prudencia, e independientemente de que no sea obligatorio, que se sigan utilizando cuando no se vaya a respetar la distancia interpersonal marcada en la normativa (1,5 metros).
 
Recordamos que dentro de los edificios se mantiene el uso de las mascarillas como hasta ahora.