Transcurrido el plazo legal para el que fueron elegidos algunos miembros del Consejo Escolar de este Instituto, se debe proceder a la RENOVACIÓN PARCIAL del mismo, según se establece en el Real Decreto 83/1.996 de 26 de Enero (B.O.E. 21 de Febrero) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria y en la Orden Ministerial de 28 de Febrero de 1.996 (B.O.E. 5 de Marzo) por la cual se dictan las normas que regulan la elección y constitución de los Consejos Escolares de los Centros Públicos de Educación Secundaria.

La composición del Consejo Escolar según el Reglamento Orgánico de los Institutos de Enseñanza Secundaria (R.D. 83/96 de 26 de Enero), es la siguiente:

Director

1

Jefe de Estudios

1

Concejal o Repres. Ayuntamiento

1

Profesores

7

Padres

3 (uno designado por la A.M.P.A.)

Alumnos

4

Personal no docente

1

Secretario

1 (con voz pero sin voto)

Total

19

Los miembros del Consejo Escolar serán renovados por mitades cada dos años, de forma alternativa. En esta ocasión, nos corresponde renovar la PRIMERA MITAD que consta de:

  • 3 Profesores.
  • 1 Padre/madre.
  • 2 Alumnos.
  • 1 PAS

Además, se cubrirán las vacantes en todos los sectores surgidas desde la última renovación.

Serán electores y elegibles (siempre que se hayan presentado como candidatos) todos los miembros de la Comunidad Educativa, cada uno en el sector al que pertenezca. El derecho a elegir y ser elegido corresponde tanto al padre como a la madre o, en su caso, a los tutores legales.

La organización del procedimiento de elección de los miembros del Consejo Escolar recae en la Junta Electoral, compuesta por: el Director del Centro, que será su presidente, un padre o madre, un profesor/a, un alumno/a y un representante del personal de Administración y Servicios, éstos últimos cuatro, elegidos mediante sorteo entre los componentes del censo.

La Junta Electoral, constituida el día 25 de octubre, ha elaborado el siguiente calendario:

CALENDARIO ELECCIONES AL CONSEJO ESCOLAR.

Actividad

Fecha

Constitución de la Junta Electoral

Aprobación del Censo Electoral y publicación provisional.

25 de octubre de 2012.

Apertura de la presentación de Candidaturas.

29 de octubre de 2012.

Cierre del periodo de presentación de Candidaturas.

9 de noviembre de 2012, a las 14:00 horas.

Cierre del periodo de reclamación al Censo Electoral

9 de noviembre de 2012, a las 14:00 horas.

Publicación de la lista provisional de Candidatos.

12 de noviembre de 2012.

Plazo de presentación de reclamaciones a la lista provisional de Candidaturas.

14 de noviembre de 2012, hasta las 14:00 horas.

Publicación de los listados definitivos de Candidaturas y de los censos.

16 de noviembre de 2012.

Constitución de las mesas electorales y celebración de las elecciones.

Sector de profesores/as:

El día 23 de noviembre, a las 11:05 horas.

Sector de padres/madres de alumnos/as:

El día 21 de noviembre.

Entre las 16 horas y las 18 horas.

Sector de alumnos/as:

El día 20 de noviembre, a partir de las 9:30 horas.

Sector de personal de Administración y Servicios:

El día 21 de noviembre, de 14:30 a 15:30 horas.

Proclamaciones de candidatos

27 de noviembre de 2012.

Contra las decisiones de dicha Junta se podrá interponer recurso ordinario ante el Director del Área Territorial Madrid-Sur, cuya resolución pone fin a la vía administrativa. La Junta Electoral aprueba también el modelo de papeleta. Igualmente procede por sorteo a la elección de las distintas mesas electorales: la de padres y la de alumnos.

Los que así lo deseen podrán recurrir al voto por correo cuyo mecanismo será el siguiente: se deposita el voto en un sobre pequeño, que, unido a una fotocopia del DNI o pasaporte, será introducido en un sobre mayor, igualmente cerrado, y remitido o entregado en la Secretaría del Centro. Serán válidos los votos llegados antes de las 14:00 horas del 19 de noviembre. Para ello, se podrán recoger las papeletas en la Secretaría del centro el día 17 de noviembre de 2012.

Aprovechamos esta circular para animar a todos los miembros de esta Comunidad Educativa a que participen en este proceso, bien como candidatos, bien como votantes, bien como candidatos y votantes al mismo tiempo.