2025-2026 Circular comienzo de curso.

Estimadas familias y estudiantes del IES Rayuela:

En primer lugar queremos expresar nuestro deseo de que este sea un buen curso para todos. Para preparar el curso, además de la organización académica, durante el verano se han abordado algunas obras importantes de renovación de las instalaciones, entre las que destacan la sustitución de las puertas del pasillo largo de la planta 1ª, la renovación completa de los baños de la 1ª planta. Hemos comenzado también la sustitución de las persianas de las aulas por una más modernas, más ligeras pero con un producto aislante que pretende mejorar la eficiencia energética y climática de las aulas.

Además, durante estos días se están realizando las obras para crear un graderío en el patio que nos permita realizar actividades culturales y académicas en nuestro centro.

Esperamos que todo el trabajo realizado durante el último curso y el verano sea beneficioso para alumnos/as y profesores.

Por otro lado, queremos destacar algunos aspectos importantes para el buen funcionamiento de la actividad educativa y la convivencia diaria:

🕗 Horario de entrada y puntualidad: el horario de entrada al centro es a las 8:20 h. Las clases comienzan a las 8:25 h, y las puertas del instituto se cierran a las 8:27 h. Es fundamental que el alumnado llegue con tiempo suficiente para comenzar la jornada sin interrupciones. La puntualidad es un valor esencial que favorece el rendimiento académico y el respeto por el trabajo de todos.

📵 Uso de teléfonos móviles: según la normativa vigente de la Comunidad de Madrid y el Plan de Convivencia del centro, los alumnos deben apagar sus teléfonos móviles al entrar al instituto. Esta medida tiene como objetivo mejorar la atención en clase y fomentar una convivencia más saludable entre compañeros, incluidos los tiempos de recreo.

👥 Situación del personal del centro: a día de hoy no se ha asignado aún al centro un conserje, una persona del personal de limpieza y dos personas de secretaría. Esta situación está afectando al funcionamiento habitual del centro, y por ello, rogamos la colaboración y comprensión de toda la Comunidad Educativa mientras trabajamos para mantener el servicio con los recursos disponibles; especialmente si necesitan algún certificado o realizar algún trámite en la Secretaría, recomendarlo hacerlo con antelación para evitar problemas con los plazos. A día de hoy no tenemos ninguna información respecto a cuándo se cubrirán estas vacantes, para las que se solicitó la sustitución en el mes de junio y comienzos de julio.

Agradecemos de antemano su apoyo y compromiso con la educación de sus hijos e hijas.

Próximamente comunicaremos las fechas de las reuniones iniciales con los tutores.


Comentarios

5 respuestas a «2025-2026 Circular comienzo de curso.»

  1. Avatar de Gonzalo POVEDA ARIZA
    Gonzalo POVEDA ARIZA

    Buenas tardes,
    En primer lugar, desearle a toda la comunidad educativa un buen curso 2025/26.
    Me gustaría trasladar una duda por si alguien me la puede responder:
    Es referente al alumnado de Bachillerato de Artes que tiene asignaturas convalidables con las cursadas en el Conservatorio. Estas asignaturas que se pueden convalidar, ¿cómo afectan a la nota media de Bachillerato? Se convalidan con la nota sacada en el conservatorio o las asignaturas que se convalidan no forman parte de las asignaturas que harán la media del Bachillerato. También quería consultar si todas las asignaturas tienen el mismo peso a la hora de realizar la media del bachillerato. Es decir, si se suman las notas sacadas en las asignaturas cursadas en primero y segundo de bachilletato y se divide por el número total de asignaturas, o cada asignatura tiene un peso específico en función de sus horas lectivas.
    Espero haberme explicado bien. No sé si es el lugar adecuado para plantear esta duda o debo dirigirla al departamento de orientación. En cualquier caso, creo que la respuesta puede servirle a otras personas que compartan esta inquietud.
    Gracias anticipadas,
    Gonzalo

    1. Un saludo.

      Respecto a su consulta, todas las asignaturas cursadas influyen igual en la nota media, tienen en efecto el mismo peso (excepto, para convocatorias competitivas, «Religión» o «Medidas de Atención Educativa»). Sin embargo, las asignaturas convalidadas se consignan como CV y no se tienen en cuenta para la media del Bachillerato.

      Dejamos un par de enlaces a la información en Internet:

      Las solicitudes de convalidación se presentarán antes del día 1 de octubre en la secretaria del centro docente en el que el alumno cursa la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato.

      En el artículo 41 de la ORDEN 2067/2023, de 11 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato se indica lo siguiente:

      «Artículo 41. Procedimiento de solicitud y reconocimiento de las convalidaciones

      1. Los alumnos, o sus padres o tutores legales en caso de ser menores de edad, podrán solicitar la convalidación de las materias de Bachillerato recogidas en los anexos II y III.

      2. Las solicitudes de convalidación se presentarán antes del día 1 de octubre de cada año en la secretaria del centro docente en el que el alumno cursa el Bachillerato e irán dirigidas al director del mismo. La solicitud irá acompañada de una certificación académica oficial que acredite la previa superación de las asignaturas cursadas en las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.

      3. El director del centro comunicará el reconocimiento o no de la convalidación al interesado y al profesor tutor en un plazo de quince días hábiles a partir del registro de la solicitud en la secretaría del centro.

      4. Para solicitar convalidaciones de materias del Bachillerato con asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza que se cursen de manera simultánea, el alumno, junto con la solicitud, deberá acreditar documentalmente la simultaneidad de dicha matrícula. El director del centro comunicará al profesor tutor del alumno la entrada de la solicitud en el registro del centro.

      En este supuesto, el alumno tendrá como plazo para la presentación de la certificación académica oficial que acredite la superación de la asignatura de las enseñanzas profesionales de Música o Danza en el centro docente hasta la fecha en que se lleve a cabo la evaluación final del curso en el que se encuentre matriculado. Una vez cumplido el plazo, el director reconocerá o no, según el caso, la convalidación, y comunicará este extremo al interesado y al profesor tutor.

      5. Si el alumno no presentase la certificación académica oficial a la que se refiere el apartado anterior o no superase la asignatura de las enseñanzas profesionales correspondientes, figurará como pendiente la materia del Bachillerato para la que se solicitó convalidación. Se extenderá una diligencia en el expediente académico en el que se hará constar que el alumno tiene la materia pendiente de superar por no reunir los requisitos exigidos para el reconocimiento de la convalidación solicitada, esta consideración tendrá los mismos efectos para la promoción y titulación que las materias con evaluación negativa.

      6. En la documentación que acredite la superación de asignaturas de las enseñanzas profesionales deberá indicarse la carga horaria semanal de las mismas.

      7. Las materias que figuren como convalidadas no se tendrán en cuenta en el cálculo de la nota media y nota media normalizada del Bachillerato.

      8. Las convalidaciones reconocidas se consignarán en los documentos oficiales de evaluación con la expresión ʺCVʺ en la casilla referida a la calificación de las materias convalidadas.»

      Las condiciones de titulación con el Título de Enseñanzas Profesionales de Música vienen recogidas en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato.

      La información se puede consultar en el siguiente enlace:

      Si requiere de más información, lo mejor es asesorarle directamente en Jefatura de Estudios o Dirección. Muchas gracias por su consulta.

      Atentamente.

    2. Un saludo.

      Respecto a su consulta, todas las asignaturas cursadas influyen igual en la nota media, tienen en efecto el mismo peso (excepto, para convocatorias competitivas, «Religión» o «Medidas de Atención Educativa»). Sin embargo, las asignaturas convalidadas se consignan como CV y no se tienen en cuenta para la media del Bachillerato.

      Dejamos un par de enlaces a la información en Internet:

      Las solicitudes de convalidación se presentarán antes del día 1 de octubre en la secretaria del centro docente en el que el alumno cursa la Educación Secundaria Obligatoria o el Bachillerato.

      En el artículo 41 de la ORDEN 2067/2023, de 11 de junio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de organización, funcionamiento y evaluación en el Bachillerato se indica lo siguiente:

      «Artículo 41. Procedimiento de solicitud y reconocimiento de las convalidaciones

      1. Los alumnos, o sus padres o tutores legales en caso de ser menores de edad, podrán solicitar la convalidación de las materias de Bachillerato recogidas en los anexos II y III.

      2. Las solicitudes de convalidación se presentarán antes del día 1 de octubre de cada año en la secretaria del centro docente en el que el alumno cursa el Bachillerato e irán dirigidas al director del mismo. La solicitud irá acompañada de una certificación académica oficial que acredite la previa superación de las asignaturas cursadas en las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.

      3. El director del centro comunicará el reconocimiento o no de la convalidación al interesado y al profesor tutor en un plazo de quince días hábiles a partir del registro de la solicitud en la secretaría del centro.

      4. Para solicitar convalidaciones de materias del Bachillerato con asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza que se cursen de manera simultánea, el alumno, junto con la solicitud, deberá acreditar documentalmente la simultaneidad de dicha matrícula. El director del centro comunicará al profesor tutor del alumno la entrada de la solicitud en el registro del centro.

      En este supuesto, el alumno tendrá como plazo para la presentación de la certificación académica oficial que acredite la superación de la asignatura de las enseñanzas profesionales de Música o Danza en el centro docente hasta la fecha en que se lleve a cabo la evaluación final del curso en el que se encuentre matriculado. Una vez cumplido el plazo, el director reconocerá o no, según el caso, la convalidación, y comunicará este extremo al interesado y al profesor tutor.

      5. Si el alumno no presentase la certificación académica oficial a la que se refiere el apartado anterior o no superase la asignatura de las enseñanzas profesionales correspondientes, figurará como pendiente la materia del Bachillerato para la que se solicitó convalidación. Se extenderá una diligencia en el expediente académico en el que se hará constar que el alumno tiene la materia pendiente de superar por no reunir los requisitos exigidos para el reconocimiento de la convalidación solicitada, esta consideración tendrá los mismos efectos para la promoción y titulación que las materias con evaluación negativa.

      6. En la documentación que acredite la superación de asignaturas de las enseñanzas profesionales deberá indicarse la carga horaria semanal de las mismas.

      7. Las materias que figuren como convalidadas no se tendrán en cuenta en el cálculo de la nota media y nota media normalizada del Bachillerato.

      8. Las convalidaciones reconocidas se consignarán en los documentos oficiales de evaluación con la expresión ʺCVʺ en la casilla referida a la calificación de las materias convalidadas.»

      Las condiciones de titulación con el Título de Enseñanzas Profesionales de Música vienen recogidas en el Decreto 64/2022, de 20 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen para la Comunidad de Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato.

      La información se puede consultar en el siguiente enlace:

      Si requiere de más información, lo mejor es asesorarle directamente en Jefatura de Estudios o Dirección. Muchas gracias por su consulta.

      Atentamente.

  2. Avatar de Gonzalo POVEDA ARIZA
    Gonzalo POVEDA ARIZA

    En el REAL DECRETO 242/2009, de 27 de febrero, por el que se establecen convalidaciones entre las enseñanzas profesionales de Música y de Danza y la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, así como los efectos que sobre la materia de Educación Física deben tener la condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento y las enseñanzas profesionales de Danza.

    https://www.boe.es/eli/es/rd/2009/02/27/242/con

    Convalidaciones entre diversas materias del Bachillerato y determinadas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza.

    6. Las materias y asignaturas objeto de convalidación no serán tenidas en cuenta en el cálculo de la nota media.

    1. Un saludo.

      Ese Real Decreto ya no está en vigor, lo antes posible le ponemos un enlace al Decreto de la Comunidad de Madrid que regula ahora las convalidaciones.

      Más allá de lo que redactemos como respuesta al anterior comentario, la solicitudes de convalidación se realizan en SECRETARIA y normalmente asesoramos o en jefatura DE ESTUDIOS o en Dirección.

      Muchas gracias por su consulta.

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