HUELGA DE PROFESORES
La Confederación Sindical de Comisiones Obreras y la Confederación Sindical de la Unión General de Trabajadores han comunicado la convocatoria de una huelga general en el ámbito nacional, para el miércoles 15 de octubre de 2025, con afectación a todas las actividades laborales y funcionariales desempeñadas por los trabajadores y empleados públicos de las empresas y organismos establecidos dentro del ámbito geográfico y jurídico del Estado español. La huelga abarcará según exponen sus convocantes, para las jornadas en el turno de mañana de 10:00 a 12:00 horas; en el turno de tarde de 17:00 a 19:00 horas y en el turno de noche de 2:00 a 4:00 horas del mismo día.
Por otro lado, las organizaciones sindicales Confederación General del Trabajo (CGT), Comisiones de Base (CO.BAS), Sindicato Único de Trabajadores Solidaridad Obrera, Sindicato Alternativa Sindical de Clase y Confederación Intersindical, han comunicado la convocatoria de una huelga general en el ámbito nacional, para el mismo miércoles 15 de octubre de 2025, comprensiva de las 24 horas del mismo día, con la misma afectación.
SERVICIOS MÍNIMOS
Dentro del ámbito educativo, se establecen los siguientes servicios mínimos:
1. Para todos los centros docentes: director y jefe de estudios. En defecto de cualquiera de ellos, el secretario del centro docente. Para todos aquellos centros educativos con segundo ciclo de Educación Infantil y Primaria, además, un maestro por cada 50 alumnos o fracción y en los centros con Educación Secundaria Obligatoria o Ciclos Formativos de Grado Básico, un profesor más por cada 90 alumnos de estas enseñanzas o fracción. Un graduado en enfermería, en aquellos centros donde exista este personal por contar con alumnos con necesidades sanitarias, un auxiliar de control e información por cada turno del centro y el 50 por 100 de la plantilla del personal que realice tareas de limpieza en aquellos centros docentes donde la prestación del servicio se lleve a cabo con personal propio de la Comunidad de Madrid.
2. En centros ordinarios que atiendan a alumnos con necesidades educativas especiales: además de los establecidos con carácter general para todos los centros, un maestro o profesor por cada 25 alumnos con dichas necesidades o fracción y un tercio del personal no docente con atención directa a los alumnos.
ORGANIZACIÓN DURANTE EL PERIODO DE HUELGA
En tanto en cuanto, el hecho de secundar la huelga está sujeto a la decisión personal de cada docente es imposible prever que tanto las clases como los períodos de guardia puedan desarrollarse con normalidad. Únicamente podemos avanzar que el instituto debe permanecer abierto durante ese horario, si bien no se puede garantizar que se vayan a poder impartir las clases.
Los alumnos/as no podrán abandonar el centro durante el periodo de paro parcial, salvo por causas justificadas firmadas por los tutores legales en la agenda.
Las clases serán impartidas con normalidad por los profesores que no secunden el paro y, en su caso, que no sean servicio mínimos si se requiere de su colaboración para la realización de guardias. En el caso de que se dé la situación, se realizarán las actividades que sean propuestas por el Director y el Jefe de Estudios, sea en el aula del grupo, el Salón de Actos o el patio, según las necesidades organizativas y la situación meteorológica.
Al estar convocado también el personal no docente podrían producirse disfunciones en la gestión telefónica y en la limpieza, o en la atención en Secretaría, así como en otras funciones inherentes a sus responsabilidades.
HUELGA DE ALUMNOS
La Asociación de Alumnos/as del IES Rayuela nos ha comunicado oficialmente que la Confederación Estatal de Asociaciones de Estudiantes «Sindicato de Estudiantes» ha convocado una huelga general de estudiantes en la Comunidad de Madrid el 15 de octubre que abarcará la totalidad de la jornada lectiva de ese día (tanto horario de mañana como de tarde). Dicha huelga ha sido convocada de acuerdo al Artículo 8, párrafo 2 de la Ley 8/1985 «Las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.»
En aplicación de la normativa vigente y según se indica en el artículo 13.6.15 del Plan de Convivencia:
- Para los grupos que hayan realizado todos los trámites, y acuerden la participación en la huelga, los profesores pasarán lista y la falta será justificada (todos los grupos excepto los que se indican en el siguiente párrafo).
- Para los grupos que no hayan cumplido los trámites que se indican en el Plan de Convivencia (3EE, B2A), las faltas que se produzcan esos días serán «no justificadas», salvo justificación por parte de las familias por enfermedad, visita médica, o cualquiera de las razones que se indican en el propio Plan de Convivencia.
Aquellos alumnos/as que no secunden la huelga podrán acudir al centro como cualquier otro día, teniendo derecho a que se imparta la clase. Sin embargo, una vez se haya accedido al centro, no se podrá alegar motivo de huelga para poder salir antes de la finalización del horario.
Recordamos que la autorización de salida del centro a través del SMS a los alumnos de los cursos superiores es una medida excepcional contemplada para casos justificados sobrevenidos durante la jornada escolar (enfermedad o malestar no incapacitante o similar), y siempre tras haber sido contactada la familia por el centro para comunicar la necesidad de que se recoja al alumno/a y se confirme la imposibilidad de acudir en un tiempo razonable. Por ello, no se autorizará la salida a aquellos alumnos/as que no se encuentren en esta situación excepcional y no hayan utilizado el procedimiento el procedimiento habitual de autorización de la salida a través de la agenda escolar.
Igualmente, recordamos que las convocatorias de los estudiantes son decisiones que toman atendiendo a los derechos que la ley anteriormente indicada les otorga. Por ello, a estos efectos para los docentes que no secunden la huelga el trabajo diario continúa con normalidad.


Deja una respuesta